A Afore.com.mx
Con base en datos públicos de CONSARContenido especializado y verificadoFuentes citadas y fechadasPortal independiente

ISR al retirar tu AFORE: por qué te descuentan y cómo funciona

Autor: Equipo editorial · Revisión técnica: actuario (CFA) · Última revisión: 18 de agosto de 2026

🟦 Respuesta cortaCuando sacas dinero de tu AFORE, la parte que rebasa el monto exento que marca la Ley del ISR se considera ingreso y causa impuesto. Tu AFORE lo retiene y te entrega el dinero ya neto. Después puedes acreditar esa retención en tu declaración anual y, en su caso, generar saldo a favor.

Es una de las sorpresas más frecuentes del sistema: la persona tramita un retiro por desempleo o recibe su ahorro al pensionarse, y el depósito llega por menos de lo que esperaba. No hubo error ni cobro indebido de la AFORE: hubo una retención de Impuesto Sobre la Renta (ISR). Entender por qué ocurre y qué puedes hacer después evita malos ratos y, en algunos casos, te permite recuperar parte de lo retenido.

Por qué tu ahorro para el retiro puede pagar impuesto

La lógica fiscal del sistema es de impuesto diferido. Mientras el dinero permanece en tu cuenta individual, las aportaciones y los rendimientos no se gravan año con año: el impuesto se pospone. El momento fiscal llega cuando dispones de los recursos, es decir, cuando el dinero sale de la cuenta y entra a tu bolsillo.

En ese momento, la Ley del Impuesto Sobre la Renta reconoce un monto exento para los retiros de la cuenta individual y grava únicamente el excedente. La AFORE no decide nada de esto: actúa como retenedor, aplica la retención que le obliga la ley y la entera al SAT a tu nombre.

🟦 Lo más importanteLa retención no es el impuesto final. Es un pago provisional a cuenta. El impuesto que realmente te corresponde se determina en la declaración anual, sumando todos tus ingresos del ejercicio.

Qué retiros suelen tener implicación fiscal

No todos los movimientos de tu AFORE se tratan igual. Estos son los casos más comunes que generan la duda:

Tipo de retiroQué conviene saber
Retiro parcial por desempleoEs una disposición de recursos de tu cuenta. Puede causar retención sobre el excedente del monto exento y además te descuenta semanas cotizadas.
Retiro por matrimonioProviene de recursos con reglas propias; verifica el tratamiento fiscal aplicable en tu caso concreto.
Retiro en una sola exhibiciónProcede en supuestos específicos (por ejemplo, negativa de pensión). Al ser un monto grande, suele ser donde más se nota la retención.
Pensión mensualLos pagos periódicos de pensión tienen su propio tratamiento en la ley, distinto al de un retiro de saldo.
Aportaciones voluntariasDepende de si se dedujeron o se tomó un estímulo fiscal. Las aportaciones con beneficio fiscal previo tributan distinto al retirarse.
Subcuenta de ViviendaLos recursos de vivienda tienen reglas y trámite propios (INFONAVIT o FOVISSSTE); no se manejan igual que el resto del saldo.

Cuadro conceptual y no exhaustivo. Los montos exentos, tasas y supuestos aplicables cambian y deben VALIDARse en la Ley del ISR vigente, en la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el DOF y con el SAT. Aquí no publicamos cifras porque el parámetro correcto depende del ejercicio fiscal y de tu situación.

La parte que casi nadie aprovecha: la declaración anual

Aquí está la oportunidad práctica. La retención que te aplicó la AFORE es un pago a cuenta, calculado sin conocer el resto de tu situación. Si ese año tuviste ingresos bajos —muy común en quien retiró por desempleo, justamente porque estuvo sin trabajo—, el impuesto anual que realmente te corresponde puede ser menor que lo retenido.

Cuando eso ocurre, al presentar la declaración anual se genera un saldo a favor que puede solicitarse en devolución o compensarse conforme a las reglas del SAT. No es automático: hay que declarar, acreditar la retención y tener la documentación en regla.

🟩 Paso a paso
  1. Guarda el comprobante. Pide a tu AFORE el CFDI del pago y de la retención efectuada.
  2. Verifica que esté en el SAT. Revisa que la retención aparezca en el portal antes de declarar.
  3. Reúne tus demás ingresos del año. Sueldos, honorarios, intereses: el cálculo anual los considera todos.
  4. Presenta tu declaración anual. Acredita ahí la retención de la AFORE.
  5. Revisa si hay saldo a favor. Si lo hay, solicita la devolución con tu cuenta CLABE a tu nombre.
  6. Apóyate en un contador. Especialmente si el retiro fue grande o si tuviste ingresos de varias fuentes.
⚠️ Errores comunesSuponer que el depósito llegó incompleto por culpa de la AFORE; no pedir el CFDI y quedarse sin cómo acreditar la retención; dar por perdido el impuesto sin revisar la declaración anual; y pagarle a un "gestor" para tramitar el retiro o la devolución. Los trámites del SAR ante tu AFORE y los del SAT son gratuitos y se hacen por canales oficiales.

Cómo pesar esto antes de retirar

Más allá del impuesto, sacar dinero de la cuenta individual tiene un costo que no aparece en el estado de cuenta: el interés compuesto que ese dinero ya no va a generar durante los años que le faltaban, y —en el retiro por desempleo— las semanas cotizadas que se descuentan y que después hay que reponer para cumplir los requisitos de pensión.

Si tu objetivo es llegar con más saldo al final, las palancas están del otro lado: aportar con ahorro voluntario, vigilar comisiones, comparar por Rendimiento Neto en el comparador y revisar tu régimen en Ley 73 o Ley 97. Si algún término se te atora, está el glosario.

Preguntas frecuentes

¿Por qué me descontaron impuesto al retirar de mi AFORE?

Porque la Ley del ISR considera ingreso la parte del retiro que excede el monto exento previsto para las disposiciones de la cuenta individual. Tu AFORE actúa como retenedor y entrega el dinero ya neto; esa retención se acredita después en tu declaración anual.

¿Todos los retiros de la AFORE pagan ISR?

No. Existe un monto exento y cada tipo de retiro tiene reglas propias. Los retiros parciales, el retiro en una sola exhibición, la pensión y las aportaciones voluntarias reciben tratamientos distintos. Verifica el que aplica a tu caso con el SAT y tu AFORE.

¿Puedo recuperar el ISR que me retuvieron?

Puede ser posible, total o parcialmente, si al presentar tu declaración anual el impuesto que te corresponde resulta menor que lo retenido. En ese caso se genera un saldo a favor susceptible de devolución. Depende de todos tus ingresos del año.

¿Dónde consigo la constancia de retención?

Tu AFORE debe emitir el CFDI por el pago y la retención. Solicítalo por sus canales oficiales y confirma que aparezca en el portal del SAT antes de declarar.

¿El ISR aplica también a las aportaciones voluntarias?

Depende del tipo de aportación. Las que se dedujeron o por las que se tomó un estímulo fiscal tienen al retirarse un tratamiento distinto al de las aportaciones sin beneficio fiscal previo. Confirma la naturaleza de cada una con tu AFORE.

📄 FuentesLey del Impuesto Sobre la Renta y Resolución Miscelánea Fiscal vigentes, publicadas en el DOF; SAT (sat.gob.mx) — retenciones, CFDI y declaración anual; CONSAR / gob.mx/consar — disposición de recursos del SAR; IMSS (imss.gob.mx) e ISSSTE (issste.gob.mx); e-SAR (e-sar.com.mx). Los montos exentos, tasas y supuestos deben validarse en la normativa vigente al momento de tu retiro.
Información general con fines educativos. No constituye asesoría financiera, fiscal ni legal personalizada. No promete ni garantiza rendimientos, montos de pensión ni devoluciones de impuestos. Valida tu caso con el SAT, CONSAR, IMSS/ISSSTE y tu AFORE, y consulta a un contador. Los datos pueden cambiar; revisa la fecha de última revisión.